Desgravación fiscal donaciones hechas en 2016
El 1 de enero de 2015 entró en vigor la reforma fiscal aprobada por el Congreso y publicada en el BOE, sobre los tipos de deducción aplicables a las donaciones. Se hizo una modificación en la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
Donaciones de personas Físicas:
Aquellas personas que hagan donaciones a lo largo de este año 2016, se deducirán el 75% de los primeros 150 € donados. A partir de ahí, la deducción será del 30% o del 35% si llevas colaborando con nosotros tres años (o más) seguidos con el mismo o superior importe en el último año.
Donaciones de personas Jurídicas:
Para las sociedades, la deducción será de un 35% o se incrementa al 40% para las donaciones realizadas a una misma entidad por el mismo o superior importe durante al menos tres años, con un límite del 10% de la base liquidable.
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